En el salón municipal Ricardo Alemán Fierro, el jueves 02 de abril, se trabajó un taller de capacitación para Prestadores Comunitarios o representantes de las Juntas Administradoras de Agua Potable (JAAP) y Sistemas Comunitarios de Agua del cantón Guano, por parte de la Dirección de Sevicios Públicos, MSP/Ministerio de Salud Pública y la Agencia de Regulación y Control del Agua/ARCA, quienes trabajan emitiendo normativas y controlando que se cumplan para garantizar el derecho humano al agua en calidad, cantidad y continuidad.
En esta capacitación se abordaron temas de gran importancia especialmente para la gestión eficiente del servicio, se priorizó el tema normativo y aspectos técnicos fundamentales para un adecuado manejo del sistema, con el fin de mejorar la calidad del servicio y asegurar el cumplimiento del derecho humano al agua.
Los prestadores comunitarios de agua de consumo humano, deben conocer las Regulaciones y aplicarlas para mejorar el servicio de agua y saneamiento. Cuidar el conjunto de instalaciones, infraestructura, maquinaria y equipos utilizados para la captación, conducción de agua cruda, para el tratamiento, almacenamiento y distribución de agua potable. Tener la autorización de uso del agua otorgado por el MAE y realizar las acciones debidas para evitar sanciones. Mantener las fuentes de agua para que sean aprovechadas hoy y mañana. Saber la cantidad de agua que dispone la fuente en todo tiempo.
Se indujo sobre la gestión de alianzas entre los prestadores comunitarios, a través de una red de Juntas, consorcio u otros, con el objetivo de establecer mecanismos de colaboración para mejorar el servicio de agua y saneamiento, y el fortalecimiento de los prestadores comunitarios. Trabajar modelos de gestión con la municipalidad y demás instituciones; en el marco de los artículos 43 y 49.
Articulo 43.- Las relaciones de las Juntas Administradoras de Agua Potable con el correspondiente Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal estarán basadas en los principios de coordinación y transparencia. Las Juntas podrán recabar ayuda técnica y económica del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal para el cumplimiento de sus competencias.
Articulo 49- Las organizaciones que forman los sistemas comunitarios de gestión del agua, juntas de agua potable y riego mantendrán su autonomía administrativa y financiera y de gestión para cumplir con la prestación efectiva del servicio y el eficaz desarrollo de sus funciones, de conformidad con la ley.
CUMPLIMIENTO NORMATIVO:
Reportar los volúmenes de agua captados a través del sistema SARA hasta el 31 de enero de cada año.
Beneficios: Conocer la cantidad de agua que dispone la fuente de agua cruda en todas las épocas del año para realizar acciones de conservación y protección.
Importancia.- Da las reglas necesarias para controlar la calidad de agua con el fin de que sea apta para el consumo humano y emite las guías para elaborar el Plan de Contingencia.
Cumplimiento: El prestador comunitario debe realizar los análisis a la calidad del agua que se entrega a los consumidores, en el tanque de almacenamiento y en las viviendas.
Beneficios: Garantizar que la población consuma agua limpia (libre de microbios que afecten a la salud).
